Folleto Fiscal - Marzo 2015

Comunicado de prensa 025/2015
Se extiende plazo para el envío de la contabilidad electrónica

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), informa que en materia de contabilidad electrónica:

La información relativa al catálogo de cuentas con código agrupador y balanza de Comprobación de enero de 2015 podrá enviarse a más tardar los días 3 o 7 de abril para personas morales o personas físicas, respectivamente; esto es, en la misma fecha de vencimiento del envío de la información correspondiente a febrero de 2015.

Por lo que se refiere a las pólizas y auxiliares de cuenta deberán generarse con la información correspondiente a las operaciones realizadas a partir del 1 de julio, para entregarlas, cuando el SAT las requiera, con posteridad al 3 o 7 de septiembre de 2015, según corresponda a personas morales o personas físicas, respectivamente.

Cabe señalar que la información de las pólizas a las que se hace referencia se envía sólo cuando el SAT necesita verificar información contable o la procedencia de devoluciones y compensaciones.

 

Personas Físicas

"Concluye Facilidad para Emitir y Timbrar CFDI con FIEL"

El SAT lo dio a conocer en la Regla 2.2.7 de la Primera Modificación a la RMF 2015, publicada el 3 de marzo en el Diario Oficial de la Federación (DOF), lo siguiente:

La facilidad para las Personas Físicas de emitir y timbrar CFDI con la FIEL únicamente aplica para su servicio gratuito, disponible en su portal, es decir las Personas Físicas que viene emitiendo con un proveedor de CFDI será necesario contar con su Certificado de Sello Digital (CSD).

Declaración Anual Personas Físicas
Devolución de Saldo a Favor

Las Personas Físicas que presenten Declaración Anual 2014 y tengan saldo a favor de ISR recibirán la devolución de acuerdo a lo siguiente:

5 días
Si percibes ingresos por salarios

10 días
Si obtienes ingresos por:
Honorarios
Arrendamiento
Actividades Empresariales
Otros Ingresos además de Salarios

"Los Contribuyentes del RIF Primera Declaración de 2015”

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Servicio de Administración Tributaria informa que los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal, deben presentar su primera declaración correspondiente al bimestre enero – febrero de 2015 a más tardar en este mes de marzo.

 

Colaborador del articulo: C.P. Armando Morelos